sábado, 15 de enero de 2011

CLASES DE DEFENSA PERSONAL CIVIL en GT Artes Marciales

ENTRENAMIENTO DE DISTINTAS TÉCNICAS DE 
DEFENSA PERSONAL
CONTRA ASALTOS Y AGRESIÓN FÍSICA 
Teniendo en cuenta las leyes de nuestro país




La Defensa Personal, es un conjunto de técnicas desarrolladas para afrontar una ataque que atente contra nuestra integridad física. Estas, se combinan de acuerdo a distintas situaciones y según la capacidad del agredido.


En el ámbito civil se intenta reducir al adversario de manera segura y sin provocar daños desmedidos dada la responsabilidad civil de la acción defensiva cuando se exceden los límites de la la def. 

La defensa personal se basa en los fundamentos de algunos deportes o artes marciales. Es por ello, que técnicas básicas como los golpes únicos (aquellos que se realizan contra el oponente con una zona especifica de nuestro cuerpo) como el uso de la palma de la mano, los nudillos y los dedos en zonas blandas o rodillazos, pasando además por técnicas mas profesionales como diferentes tipos de patadas, y ya, aun mas avanzadas como desequilibrios o inmovilizaciones (las cuales se suelen usar en defensa personal policial o en modalidades deportivas como el kárate) son las aplicaciones en las que comprende la defensa personal.



También existen elementos como los bastones de electrochoques y los conocidos "gas pimienta" que entran a formar parte de los elementos permitidos por la ley para salvaguardar vidas humanas.

La defensa personal debe ser, sin embargo, controlada. Ya que hay leyes que están en nuestro código civil que determina hasta qué punto uno defendió su propia vida y hasta que punto el agresor será el culpable del incidente.



EN GT ARTES MARCIALES entrenamos:

- Defensa personal de manos vacías.
- Defensa personal contra cuchillos, y armas contundentes.
- Defensa personal contra intento de robos y violaciones.
- Cuidado de la propiedad privada.
- Defensa personal femenina.









4 comentarios:

  1. (de un compañero al facebook)

    ¿Qué tal, Prof. Sebastián?
    Muy interesante tu blog...

    Tengo un comentario nada más que hacer respecto de la publicación "ENTRENAMIENTO DE DISTINTAS TÉCNICAS DE DEFENSA PERSONAL CONTRA ASALTOS Y AGRESIÓN FÍSICA "

    Primero, me parece excelente que toques un tema que hasta hoy, mi Maestro -por ejemplo- jamás tocó conmigo; y que, sin embargo, es muy importante: la parte legal o jurídica de lo que es la defensa personal, en particular, y de las AM, en gral.

    Otra acotación que me gustaría realizar es la siguiente:
    Reza el útlimo párrafo: "La defensa personal debe ser, sin embargo, controlada. Ya que hay leyes que están en nuestro código civil que determina hasta qué punto(...)".
    Pero cabe destacar que, en realidad, la ley que permite determinar si una conducta cae dentro del concepto de Defensa legítima es el Código Penal (no el C. Civil). transcribo el artículo correspondiente: "Art. 19. Legítima defensa. No obra antijurídicamente quien realizara una conducta descrita en el tipo legal de un hecho punible, cuando ella fuera necesaria y racional para rechazar o desviar una agresión presente y antijurídica a un bien jurídico propio o ajeno." (C. Penal Pyo.)

    La defensa legítima es una figura legal que merece un estudio a fondo por los matices que presenta. No vale la pena ahondar en ello, ya que nuestro propósito no es lo propio.

    No obstante, sí sería bueno resaltar cuanto la doctrina enseña al respecto. Para que se dé la LD deben existir *básicamente* 4 requisitos:
    1) Agresión ilegítima;
    2) Peligro inminente;
    3) Imposibilidad de dar aviso a las autoridades en tiempo y forma; y,
    4) Correspondencia entre agresión y defensa.
    Faltando uno de ellos, se desmorona lo que pudiera haber sido una defensa de nuestra vida u otro bien jurídico, para pasar a ser un homicidio u otro hecho castigable...

    Me tomé el atrevimiento de suscribir el presente comentario porque, como vos, soy también un artista marcial joven y admiro lo duro que trabajas. Y como te dije antes: jamás nadie me habló al respecto. La parte legal que atañe a las Artes Marciales (como deporte, como actividad laboral, etc.) la estoy conociendo ahora en la facultad.

    Te aliento a seguir trabajando y te deseo éxitos en todos tus emprendimientos.

    Sergio D. Jiménez

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  4. Sr. Sergio Jiménez

    En primer lugar le agradezco que me haya escrito al Facebook para dar el gran aporte que hizo con respecto al tema.

    Su comentario ayuda a darle más importancia a la parte legal de lo que es el Arte Marcial y La Defensa Personal.

    Es bueno saber que, aunque aun son pocos los estudiantes de derecho preocupados por este tema, tienen el interés de apoyar y aportar ideas y conocimiento.

    Seguiremos en contacto.
    Le deseo el mayor éxito!


    Prof. Sebastián Giovine

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